16 octubre, 2025
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El Concejo Deliberante de San Salvador de Jujuy aprobó la Ordenanza N° 8213/2025, que busca prevenir, controlar y reducir la contaminación acústica en la ciudad. La iniciativa establece límites de ruido permitidos y normas específicas para las actividades que generen sonidos o vibraciones, con el objetivo de proteger la salud de la población y el ambiente.

La medida alcanzará a todas las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades que produzcan ruidos, tanto de fuentes fijas —como talleres, obras en construcción o locales nocturnos— como de fuentes móviles, entre ellas vehículos y maquinaria.

El concejal Leandro Giubergia, impulsor de la norma, explicó que el nuevo marco regulatorio apunta a “establecer los límites de tolerancia sobre los ruidos molestos, determinar qué actividades y horarios están comprendidos y qué permisos se deben tramitar para funcionar”.

Regulaciones y horarios

Giubergia señaló que las restricciones variarán según el tipo de actividad. “No se puede realizar una construcción en horario nocturno, salvo en casos particulares”, aclaró. También indicó que los locales bailables, peñas y espacios similares deberán contar con habilitaciones específicas y respetar los límites sonoros fijados por el municipio.

El edil recordó que el municipio ya ejecutó obras de repavimentación nocturna en distintos sectores, con buenos resultados por la reducción del tránsito diurno. “El horario nocturno está previsto, pero depende del tipo de actividad”, sostuvo.

Fiscalización y sanciones

La Municipalidad de San Salvador de Jujuy será la encargada de controlar el cumplimiento de la ordenanza y aplicar sanciones en caso de infracción. Los operativos incluirán tanto a establecimientos comerciales como a actividades temporales o eventuales.

Además, la norma prevé la emisión de permisos especiales para actividades excepcionales que, por su naturaleza o urgencia, deban realizarse fuera de los horarios habituales.

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