Reforma laboral: así es el proyecto que impulsa el Gobierno en el Congreso
Tras el respaldo electoral, el Gobierno volvió a poner sobre la mesa la discusión de la reforma laboral, previamente analizada en el Consejo de Mayo. La iniciativa, liderada por la diputada nacional Romina Diez y respaldada por legisladores de diferentes bloques, es un proyecto integral llamado Ley de Promoción de Inversiones y Empleo.
HACÉ CLICK AQUÍ PARA UNIRTE AL CANAL DE WHATSAPP DE DIARIO PANORAMA Y ESTAR SIEMPRE INFORMADO
Dicha iniciativa contempla la ampliación de la jornada laboral, mayor flexibilidad en los convenios, pagos de indemnizaciones en cuotas y otras modificaciones. El oficialismo pretende retomar este texto, originalmente presentado a fines de 2024, como punto de partida para modernizar la normativa laboral vigente.
Objetivos y alcance de la reforma laboral
La propuesta sigue los principios de la llamada Ley Bases y busca “institucionalizar un modelo en términos económicos que modifique, actualice y mejore las condiciones que regulan la relación entre empleador y el empleado”. Uno de los pilares del proyecto es la actualización del marco laboral.
La propuesta plantea modificaciones en artículos estratégicos de la Ley de Contrato de Trabajo, incluyendo la redefinición del principio de irrenunciabilidad, la ampliación de las facultades del empleador para ajustar las modalidades y formas de trabajo, y la puesta al día de los beneficios sociales no remunerativos.
En materia de flexibilidad y disciplina laboral, se permite al empleador introducir cambios en la prestación del trabajo siempre que sean razonables y no alteren elementos esenciales del contrato. Si estos límites se vulneran, el empleado podrá considerarse despedido sin causa. Además, se establecen plazos y procedimientos claros para impugnar sanciones: “dentro de los 30 días corridos de notificada la medida, el trabajador podrá cuestionar su procedencia y el tipo o extensión de la misma”.
Cambios clave en la relación empleador-empleado
El proyecto también redefine los beneficios sociales, especificando un conjunto de prestaciones no remunerativas que abarcan desde la entrega de almuerzos y útiles escolares hasta el pago de servicios de telefonía e internet para el empleado y su familia. Se aclara que, en general, estos beneficios no forman parte del salario, salvo en los casos expresamente señalados.
Respecto a salarios y comprobantes de pago, se autoriza abonar mediante efectivo, cheque o transferencia bancaria, y se permite la emisión digital de los recibos. Estos deberán incluir información detallada sobre el empleador, el trabajador, los conceptos liquidados y las deducciones aplicadas.
En cuanto a las vacaciones, se introduce mayor flexibilidad en su programación, permitiendo que se dividan en períodos de al menos una semana. Se garantiza que cada empleado pueda disfrutar de sus días de descanso durante el verano al menos una vez cada dos años, salvo que decida lo contrario. Además, se prevé que cónyuges o convivientes que trabajen para el mismo empleador puedan tomar sus vacaciones de manera simultánea.
Vacaciones y flexibilización de la jornada laboral
El proyecto también contempla que las convenciones colectivas de trabajo puedan adaptar los regímenes laborales a las nuevas formas de producción, regulando cuestiones como horas extras, bancos de horas y días libres compensatorios, siempre asegurando un mínimo de 12 horas de descanso entre turnos.
En lo relativo a las licencias por enfermedad o accidente, se conservan los períodos de pago de tres o seis meses, dependiendo de si la antigüedad del trabajador es menor o mayor a cinco años. Para aquellos empleados con cargas familiares, que por esa razón no puedan asistir a su puesto laboral, se establece el derecho a percibir su remuneración durante seis o doce meses, ajustándose también según la duración de la relación laboral.
Asimismo, se establece un mecanismo de control de certificados médicos, a cargo de la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Capital Humano, con facultades para convocar peritos, solicitar estudios adicionales y sancionar a los profesionales que expidan la documentación.
Licencias médicas y protección del empleo
Respecto a la protección del empleo, una vez finalizados los períodos de licencia por enfermedad, el empleador estará obligado a conservar el cargo por un año adicional. Si el trabajador decide no reincorporarse, cualquiera de las partes podrá dar por terminada la relación laboral sin que exista obligación de indemnizar.
Asimismo, la iniciativa introduce cambios en el régimen de intereses sobre créditos laborales, indicando que “el total que se obtenga en ningún caso podrá exceder a la suma que resulte de calcular el capital histórico actualizado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) con más una tasa de interés pura del tres por ciento (3%) anual”. De igual modo, se establece un límite del 20% para los acuerdos de cuota litis en procesos laborales y se habilita a las micro, pequeñas y medianas empresas a abonar las sentencias en hasta doce pagos mensuales.
Por otro lado, la iniciativa establece que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas puedan pagar la totalidad de una indemnización en un máximo de 12 cuotas mensuales consecutivas.
Trabajo agropecuario e incentivos al empleo
En lo que respecta al trabajo en el sector agropecuario, el texto busca acotar el alcance del régimen legal, dejando fuera a empleados de industrias, comercio, turismo y servicios, así como a quienes desempeñen tareas fuera del ámbito agrícola o estén bajo el régimen de casas particulares. Se mantiene la responsabilidad solidaria de la empresa usuaria frente a los trabajadores cedidos, pero se excluye a los propietarios de tierras no productivas que solo arrienden los terrenos.
Uno de los apartados más destacados es el relacionado con los incentivos para fomentar el empleo. La iniciativa propone un esquema de bonos de crédito fiscal destinado a los empleadores que incorporen nuevos trabajadores durante los primeros 18 meses de vigencia de la norma, con porcentajes que dependen del tamaño de la empresa: 100% para microempresas, 75% para pequeñas, 50% para medianas y 25% para el resto, aplicables por un período de doce meses.
Este beneficio solo se concede si la contratación genera un aumento neto de la plantilla y el trabajador no había estado empleado en los tres meses anteriores, con excepciones previstas para programas de inserción laboral.
El proyecto cuenta con el respaldo de los legisladores Lorena Villaverde, Gabriel Bornoroni, Mercedes Llano, José Luis Espert —actualmente con licencia—, Lilia Lemoine, Nicolás Mayoraz, Nicolás Emma, Guillermo Montenegro, Bertie Benegas Lynch, Manuel Quintar, Lisandro Almirón, Carlos Zapata, Nadia Márquez y Facundo Correa Llano.
