6 octubre, 2025

La ANMAT prohibió una lavandina, cosméticos y equipos estéticos sin autorización

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lavandina

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso la prohibición de varios productos de limpieza, cosméticos y equipos de uso estético que se comercializaban sin registro sanitario o con procedencia irregular.

Las medidas, publicadas este lunes en el Boletín Oficial, buscan proteger a los consumidores ante el riesgo que implican los artículos que no cumplen con las normas vigentes y sobre los cuales no se pueden garantizar condiciones adecuadas de fabricación, composición o seguridad.

La disposición 7352/2025 ordenó retirar del mercado distintas aguas lavandinas y limpiadores detectados durante una investigación iniciada por una consulta al Servicio de Domisanitarios del organismo. El área técnica constató que los productos no estaban inscriptos ante la Anmat ni contaban con establecimientos habilitados. En las etiquetas figuraban números de expediente y registros inexistentes, además de domicilios que no pudieron ser verificados.

El relevamiento incluyó la verificación de datos en redes sociales, donde se promocionaban los artículos, y consultas a la autoridad sanitaria bonaerense, que confirmó no tener antecedentes de registro ni de la empresa fabricante ni de los productos. A partir de esas irregularidades, la Anmat resolvió prohibir la elaboración, uso, comercialización y publicidad de todos los productos domisanitarios vinculados con la marca Limpimax, en cualquier presentación o envase, hasta que se encuentren regularizados.

Por otra parte, la Disposición 7322/2025 se centró en una serie de tratamientos para el cabello detectados en un comercio de Ramos Mejía, que se ofrecían sin datos de inscripción sanitaria. Los productos, comercializados bajo la marca T’ecnoliss, incluían distintas fases de un sistema de alisado y un plastificado capilar, todos sin registro ante la Anmat.

El Departamento de Cosméticos del organismo advirtió que este tipo de productos pueden contener formol como agente alisante, una sustancia prohibida para esa finalidad debido a sus efectos irritantes y tóxicos. La exposición a sus vapores puede causar enrojecimiento de piel y ojos, irritación respiratoria y, en casos prolongados, aumentar el riesgo de cáncer nasofaríngeo. Por esos motivos, el organismo dispuso prohibir su uso, venta, publicidad y distribución en todo el país.

En tanto, la Disposición 7353/2025 apuntó a un equipo estético detectado en un local en la provincia de Chubut que ofrecía tratamientos faciales y corporales. Durante una inspección conjunta entre la Anmat y el Ministerio de Salud provincial se halló un dispositivo con número de serie y cabezal identificados, pero sin documentación de procedencia ni datos del importador en el país.

Consultada la empresa titular del registro de esa tecnología médica, la firma Sirex Médica S.A., confirmó que el equipo y el cabezal observados no habían sido importados ni comercializados por ella. En consecuencia, el organismo dispuso su inmediata inhibición y prohibió el uso, la comercialización y la distribución del equipo Soprano Ice – Alma, por considerarlo presuntamente ilegítimo.

Según la disposición, el desconocimiento de la procedencia del dispositivo impide garantizar su funcionamiento y seguridad, lo que representa un riesgo tanto para los pacientes como para los operadores que lo manipulan. El artículo permanecerá prohibido en todo el territorio nacional hasta que se acredite su origen y cumplimiento con las normas técnicas aplicables.

Las tres medidas fueron firmadas por la administradora nacional de la Anmat, Nélida Agustina Bisio. En todos los casos, el organismo instruyó comunicar las resoluciones a las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, así como a las áreas internas encargadas de control de mercado y seguimiento de sumarios.

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