23 mayo, 2026

Condenado a 3 años y 6 meses por violencia de género

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Un hombre que agredió, amenazó y privó de la libertad a su ex pareja fue condenado a prisión de cumplimiento efectivo por el Tribunal en lo Criminal N° 1, en un juicio abreviado donde el acusado, asistido por su abogado defensor, llego a un acuerdo con la Fiscalía, luego de reconocer expresamente la existencia del hecho y la responsabilidad que por el mismo se le atribuye, como también aceptó la pena que le impusieron.
Se trata de una persona identificada como J.A.V., a la que los jueces le aplicaron 3 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor material y penalmente responsable de los delitos de “Amenazas Agravadas por Utilización de Armas, Privación de la Libertad Agravada por ser cometida con Violencia o Amenaza, y Lesiones Leves Agravadas por el Vínculo y de una Mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare Violencia de Género, todo en concurso real”, que ocurrieron en la ciudad de Perico.

El Tribunal, además, le impuso al condenado medidas de protección a la víctima que deberán ser cumplidas por el término de la condena, entre ellas la prohibición de contacto por cualquier vía con la mujer; abstención de ejercer actos de violencia en cualquiera de sus tipos y/o actos molestos por cualquier medio: personal, telefónico, redes sociales.
Asimismo, deberá asistir y acreditar la realización de un curso sobre violencia de género hacia las mujeres en institución pública y/o ONG especializada en la problemática.
También deberá asistir y acreditar cada quince días, el inicio y sostenimiento de proceso terapéutico por sus conductas violentas, durante el tiempo que dure la condena, salvo que el/la profesional mediante informe de cuenta que se han cumplido los objetivos terapéuticos.
El veredicto fue emitido por las juezas Felicia Barrios – presidente de trámite-, y María Alejandra Tolaba; y el juez Luciano Yapura; secretaría a cargo de la Dra. Mariana Córdoba Etchart.

El juicio se resolvió en una única audiencia oral mediante el procedimiento de Juicio Abreviado Inicial, establecido en el Artículo 385 del Código Procesal Penal de la Provincia.
El mismo puede ser aplicado a solicitud del Ministerio Público Fiscal si este considera que corresponde aplicarle al acusado una pena privativa de la libertad de hasta 6 años o una pena no privativa de libertad.
Para que esta solicitud sea admisible, es necesaria la conformidad del imputado, quien asistido por su defensor o defensora admite la existencia del hecho y su participación en el mismo. Finalmente, se requiere también el acuerdo del Tribunal de juicio.
Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Sergio Marcelo Cuellar; mientras que la defensa técnica del condenado fue ejercida por el Dr. Carlos Hugo Salas.

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