18 diciembre, 2025

“El derecho a vivir en familia no se suspende”: Vidaurre destacó el valor del acogimiento familiar

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El secretario de Niñez, Adolescencia y Familia explicó en Buen Día Provincia el alcance del programa de familias solidarias, una herramienta clave para proteger a niños, niñas y adolescentes y evitar su institucionalización.

Sergio Vidaurre remarcó que la provincia viene trabajando “hace varios años con convenios de colaboración” para fortalecer el programa de familia y acogimiento. En ese marco, explicó que el objetivo central es contar con “una modalidad alternativa y transitoria” cuando un niño, niña o adolescente debe ser separado de su familia de origen por una medida de protección excepcional.

El funcionario subrayó que estas intervenciones se dan únicamente ante situaciones graves de vulneración de derechos. “Son situaciones extremas que implican que el Estado, a través de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, deba adoptar algunas medidas”, señaló, aclarando que todas ellas “se revisan en instancias judiciales o en controles de legalidad”.

Vidaurre hizo especial hincapié en que, mientras se trabaja para revertir esa situación, debe priorizarse el derecho a vivir en familia. “Hasta que se revierta la situación de vulneración de derechos que pueda estar atravesando ese niño o niña adolescente, debe procurarse que continúe viviendo en un contexto familiar”, afirmó, marcando una diferencia clara con los modelos de institucionalización.

En relación a los plazos, explicó que la ley establece tiempos concretos para estas medidas. “Hay un plazo determinado que es de 90 días, probablemente por 90 días más, para trabajar la revinculación y que el niño pueda volver a su familia de origen”, indicó, y agregó que, cuando esto no es posible, el niño o niña “ingresa al sistema de adopción, pero siempre procurando que continúe en un contexto familiar”.

Finalmente, el secretario convocó a la comunidad a informarse y participar del programa de familias solidarias. “La intención no es la permanencia ni tener un niño como integrante definitivo de la familia, sino un acogimiento temporal”, explicó, aclarando que no pueden inscribirse personas que estén en el registro de adoptantes. “Puede haber casos excepcionales en los que una familia de acogimiento se transforme en preadoptiva, pero no es la regla ni el sentido del programa”, concluyó.

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